OPERACIONES DE SANEAMIENTO EMPRESARIAL

El Bufete proporciona a las empresas servicios de asesoramiento legal encaminado a elaborar y realizar operaciones de reorganización, relacionadas también con el alquiler o la cesión de una rama de actividad o de empresa, en el ámbito del convenio judicial preventivo. El Bufete proporciona también asistencia en todas las fases del convenio, desde la predisposición de la solicitud, de la propuesta, del plan de convenio hasta la gestión del contradictorio con los órganos del procedimiento y la fase de actuación.

 

Entre las operaciones que se pueden realizar en el ámbito de una propuesta de convenio y para las cuales el Bufete proporciona su competencia y experiencia destacan:

  • el alquiler de empresa con posible opción de adquisición;
  • fusiones, escisiones, transformaciones de sociedades;
  • trasferencia de una empresa a una newco;
  • creación de trust o patrimonios destinados a negocios específicos para finalidades de liquidación.

 

El Bufete se ocupa del seguimiento de la empresa asistida en todas las fases del procedimiento previstas por cada una de las tipologías de convenio preventivo. En particular:

 

  • el convenio judicial preventivo propiamente dicho: la concesión del procedimiento de convenio preventivo permite al empresario en crisis llevar a cabo el bloque de las medidas cautelares, ejecutivas o preferentes hacia sus acreedores y, al mismo tiempo, mantener relaciones comerciales sólidas con terceros co-contratantes ya que los créditos son pre-deducidos y las acciones legales realizadas durante el procedimiento de convenio exentas de acciones de revocación;
  • el convenio judicial preventivo denominado “en blanco” o con reserva: la tipología de convenio en examen se concibe para conceder más tiempo al deudor tanto para preparar el plan y permitir al experto controlar que los datos de la empresa y la factibilidad del mismo plan sean fiables como para lograr acuerdos con los acreedores encaminados a facilitar su éxito. Dicha tipología presenta también la ventaja de anticipar la protección del empresario contra acciones de sus acreedores en el mismo momento de presentación de la solicitud de convenio. De esta manera se permite también que la actividad empresarial siga en el arco de tiempo establecido por el juez, entre el depósito de la solicitud y la presentación del plan y de la propuesta;
  • el convenio con continuidad empresarial: este convenio, posible en los casos de objetiva continuidad de la actividad empresarial, se caracteriza por la presencia de muchas disposiciones a favor de los emprendedores que se encuentren en situaciones de dificultad encaminadas a mantener el criterio fundamental de la “continuidad empresarial” y permitir el saneamiento de las deudas, en virtud de la liquidez que deriva del seguimiento de la actividad.