INSTRUMENTOS Y PROTECCION DEL PATRIMONIO

El Bufete tiene una competencia especial en el ámbito de los instrumentos de protección del patrimonio, como el fondo patrimonial, el trust, los actos de destino conforme al art. 2645-ter del Código Civil italiano y los patrimonios empresariales destinados a negocios específicos, para los cuales el Bufete ofrece su asesoramiento tanto en fase de constitución – cuidando con atención las consecuencias fiscales – como durante las fases contenciosas.

El Bufete, basándose en su profundo conocimiento de la práctica aplicativa e interpretativa relativa a los instrumentos de segregación patrimonial, es capaz de ofrecer asesoramiento legal y fiscal a sus clientes con respecto al empleo de los siguientes institutos:

Fondo patrimonial (art. 167 y ss. Código Civil italiano): se trata de un instrumento idóneo para proteger el patrimonio familiar de la agresión de acreedores ajenos a las exigencias de la familia. Es especialmente útil si uno de los cónyuges ejerce una actividad empresarial o profesional. En colaboración con reconocidos bufetes de notarios, el Bufete ofrece asistencia a los cónyuges que quieren constituir un fondo patrimonial, para que dicho fondo tenga validez y sea conforme a las exigencias de los clientes.

Trust (Ley 16 de octubre de 1989, n. 364): el trust es un instrumento extremadamente poliédrico que se puede utilizar en distintos ámbitos, tanto familiar como empresarial o societario. De hecho, el instituto puede utilizarse para la separación personal de los cónyuges, en vista de la correcta aplicación de las respectivas obligaciones, o para finalidades sucesorias, con énfasis particular en la sucesión empresarial. Otros posibles empleos del trust pueden atañer la liquidación de empresa o durante procedimientos para el establecimiento de convenios, como por ejemplo las modalidades de protección de los acreedores en el convenio judicial preventivo.

Actos de destino para la realización de intereses dignos de protección (art. 2645-ter Código Civil italiano): finalidades similares al trust pueden actuarse mediante el instituto de los actos de destino de arreglo al art. 2645-ter del Código Civil italiano. A este respecto, se señala la posibilidad de utilizar dichos actos también para la protección del patrimonio de las denominadas “familias de hecho” y también para los acuerdos en caso de crisis de la empresa.

Patrimonios empresariales destinados a un negocio específico (art. 2447-bis y ss. del Código Civil italiano): en ámbito empresarial, dichos fondos representan instrumentos útiles para crear bloques patrimoniales que se pueden atacar exclusivamente para créditos relativos a obligaciones contraídas para la realización de un negocio específico. De esta manera, se consigue proteger tanto la actividad de destino del patrimonio – generalmente en fase de nueva creación (startup) – como la parte residual del patrimonio total de la sociedad.